Bignone
Foto: Télam.

La Justicia federal de Buenos Aires condenó a prisión perpetua al general Santiago Omar Riveros e impuso la pena de 25 años de prisión al ex dictador Reynaldo Bignone en un juicio por robo bebés en la maternidad clandestina de Campo de Mayo durante la última dictadura. También condenó a 13 y 7 años de años de prisión, respectivamente, al médico militar Norberto Atilio Bianco y a la partera Luisa Yolanda Arroche de Sala García, quienes atendían partos y fraguaron actas de nacimientos. Y absolvió al jefe del servicio de clínica de ese nosocomio castrense, el médico Raúl Eudenio Martin.

Los jueces María del Carmen Roqueta, Julio Luis Panelo y Jorge Humberto Gettas consideraron acreditada la participación de cuatro de los cinco acusados en el robo de ocho bebés de otras tantas mujeres que permanecían secuestradas, los que fueron entregados a familiares de militares u amigos.

Se trata de los hijos de las secuestradas Marta Álvarez, Susana Stritzler, Mónica Masri, Valeria Belaustegui Herrera, María Eva Duarte, Myriam Ovando, Silvia Quintela Dallasta y Liliana Isabel Acuña, de los cuales sólo tres recuperaron su identidad:
Francisco Madariaga Quintela, Valeria Gutiérrez Acuña, y Catalina de Sanctis Ovando.

En las condenas aplicadas por el Tribunal Oral federal N°6 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires (TOF6) a los ex altos jefes militares, los magistrados unificaron en su propio veredicto las anteriores penalidades que pesaban sobre estos en anteriores juicios.

Así, la pena de 30 años impuesta a Riveros, entonces jefe de la guarnición, se unificó en la pena máxima, la perpetua, ya aplicada por idénticos delitos a Jorge Rafael Videla en el primer juicio por el Plan Sistemático de Robo de bebés en 2012.

A Bignone, que en aquellos días era jefe de Instituto Militares, la pena de 16 años se unificó en una condena a 25 años.

En sus última palabras antes de escuchar el veredicto, el ultimo dictador rompió su habitual negativa a declarar para asegurar que a lo largo de toda su carrera militar «no ordené, no autoricé, no avalé ni permití la apropiación de menores de edad ni la falsificación de la documentación pertinente».

Sobre la absolución de Martin, el fiscal Martín Niklison aseguró al portal Infojus Noticias que la decisión del Tribunal “es por duda, con disidencia de la jueza María del Carmen Roqueta. Nosotros entendemos que no hay duda, por eso vamos a recurrir a Casación”.

Niklison destacó que el médico ocupaba un cargo de importancia. “Si fue autoridad del Hospital Militar (como fue el caso de Martin) y ahí hubo personas embarazadas secuestradas, se hicieron partos y se llevaron a los chicos de ahí, la responsabilidad, para nosotros, queda claro”, apuntó.

Durante los alegatos, la fiscalía de Niklison, y las fiscales ad hoc, Viviana Sánchez y Nuria Piño, había hecho hincapié en el rol de los médicos en Campo de Mayo durante la dictadura. Niklison había sostenido que era “necesario romper con la impunidad alimentada por el mito del guardapolvo blanco y el rol del profesional inocuo que cumple con su función sin mirar alrededor”.

Por su parte, Sánchez había considerado que “los jefes de servicio y médicos internos eran militares que prestaron servicios a la lucha antisubversiva”.

La fiscalía había pedido la condena a prisión perpetua para Riveros, 40 años para Bignone, y penas de 35 y 30 años de prisión respectivamente para Martin y Bianco. Para Sala de Arroche García había solicitado 13 años de cárcel.

Por su parte, la querella de Abuelas de Plaza de Mayo, había solicitado 40 años para Riveros, 35 para Bignone, 30 para Bianco y Martín y 12 para Sala de Arroche García.

El juicio concluido este lunes es parte de una denuncia presentada a mediados de los años 80 por María Isabel «Chicha» Chorobik de Mariani y Estela de Carlotto, entonces referentes del núcleo inicial de las Abuelas de Plaza de Mayo.

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