Foto: Manuel Costa.
Foto: Manuel Costa.

La jueza Bernardelli dio lugar a un pedido del Defensor General Ganón y ordenó fijar un cupo de detenidos en todas las dependencias policiales inferior a 230 internos, además dispuso plazo para la finalización de la alcaidía regional.

Esta resolución llega luego de llevarse a cabo en el inicio de la semana en el Palacio de Tribunales provinciales de Rosario la audiencia correspondiente al habeas corpus correctivo y colectivo que tenía como objetivo “generar un mecanismo de control efectivo en las condiciones de detención y reducción del número de personas actualmente detenidas en las dependencias policiales de la 2da Circunscripción Judicial”, según indicaron desde prensa del Servicio Público Provincial de Defensa Penal.

De esta manera, Bernardelli ordenó, en una extensa resolución, fijar un cupo de detenidos en todas las dependencias policiales, cuyo número no puede exceder los 230 internos, y disponer como plazo de finalización para la construcción de la alcaidía regional el 6 de agosto de 2015, lo que “permitirá que los actuales y nombrados penales transitorios sean lugares destinados a alojar como máximo la cantidad de personas” correspondientes.

Además, -continúa el comunicado de la Defensa- instó al Ministerio de Seguridad para que arbitre e instrumente lo que estime menester para el cumplimiento efectivo en la provisión de alimentos para los internos de todas las dependencias policiales como así también garantizar la correcta atención odontológica y de salud de los detenidos a partir del convenio firmado entre el Ministerio de Seguridad y la cartera de Salud de la provincia.

Asimismo, dispuso cumplimentar con las medidas de higiene y desinfección en los lugar de detención, y ordenó proveer elementos de limpieza de manera regular a las personas alojadas en estos establecimientos; entre otros.

“La inspección a todas las dependencias policiales de la 2da Circunscripción fueron realizadas por los Defensores Públicos pertenecientes al Departamento Rosario. Allí, se constataron las graves falencias edilicias y de infraestructura, como también, los altos niveles de hacinamiento y malos tratos recibidos por los detenidos en estos establecimientos”, añade el parte de prensa, que señala que el fin de dicha presentación “se realizó teniendo en cuenta que la casi totalidad de los lugares destinados al alojamiento de personas privadas de libertad no cumplen con los estándares constitucionales ni los tratados internacionales de derechos humanos”.

Desde Defensa Penal sostienen que “se ha buscado obtener la fijación del cupo legal-constitucional máximo de cada una de los lugares de detención, sin perjuicio y con independencia del cupo administrativo que hayan fijado las autoridades administrativas, como a su vez, la prohibición de alojamiento en determinados lugares que no reúnen ninguna condición para alojar en ellas ni siquiera a una única persona”.

Por último consideran que esta resolución de la jueza “constituye un precedente relevante, tanto para la visualización positiva de las políticas de intervención de la Defensoría pública en materia de derechos humanos de personas privadas de libertad, en tanto colectivo vulnerable”, y concluyen señalando que “no se reconocen tampoco antecedentes en que el propio Poder Ejecutivo, en el marco de una acción judicial, haya aceptado ,por motu propio, la fijación de un cupo de alojamiento, cristalizándose en una sentencia judicial que le imprime coercitividad”.

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Un comentario

  1. adhemar principiano

    30/12/2014 en 16:41

    Si el productor en masa es el sistema capitalista de los derechos humanos, ejecutado por los sres.del sistema, no puede, ni debe haber carceles quitando la libertad del hombre, unico dueño de su imaginacioon libertaria.

    Responder

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