Foto: María Candelaria Lagos/ Télam.
Foto: María Candelaria Lagos/ Télam.

Este lunes comenzó a regir la nueva ley de defensa del consumidor, que inaugura una instancia de conciliación obligatoria entre la empresa y el usuario, sin necesidad de acudir a abogados ni gestores para saldar los conflictos.

La nueva instancia de conciliación está pensada para evitar la judicialización de los reclamos, de manera de acortar los tiempos de resolución, abre la posibilidad de recurrir a una autoridad administrativa con poder de otorgar indemnizaciones, pero mantiene la alternativa de recurrir a la justicia ordinaria si las partes no llegan a un acuerdo.

De esta manera, se prevé la implementación del Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones del Consumo (Coprec), que permitirá al consumidor realizar la denuncia y contar con patrocinio jurídico gratuito -podrá presentar a las audiencias con un Defensor Oficial de las Relaciones del Consumo-. Además de poder reclamar en una línea de 0800, el Servicio de Conciliación funcionará en todo el país y contará con conciliadores especializados del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y de la Secretaría de Comercio. Lo podrá hacer a través de los Centros de Acceso a la Justicia.

Los seis puntos fundamentales de la reglamentación son los siguientes:

1) Si el reclamo del consumidor no fue atendido en la empresa o el comercio donde surge el problema, lo podrá hacer a través de un sistema de conciliadores. La empresa tendrá que sentarse obligatoriamente con el consumidor y llegar a un acuerdo respecto del reclamo que se realiza.

2) En caso de no lograr un acuerdo, el consumidor tendrá dos opciones: una será la de pedir una solución rápida ante la Secretaría de Comercio que tiene facultades para indemnizar al damnificado por un monto de hasta 15 salarios mínimos (55.000 pesos).

3) La opción alternativa será recurrir al nuevo fuero de la justicia nacional en la relaciones del consumo para exigir una reparación integral de hasta 60 salarios mínimos (220.000 pesos).

4) El “fuero de la Justicia del Consumidor” estará a cargo de jueces especializados que tendrán la tarea de facilitar que los reclamos lleguen a buen puerto y de una manera lo más rápida posible, para que esa situación de falta de equivalencia que muchas veces hay entre las empresas y los consumidores se vea limitada.

5) A la par se proyecta la creación del Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo, la creación del Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios.

6) Se promueve la actualización de los montos de las multas aplicadas conforme las leyes de Defensa del Consumidor (24.240) y Lealtad Comercial (22.802) y se elimina el efecto suspensivo a las multas por las impugnaciones interpuestas (solve et repete).

Fuente: Infojus Noticias

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